El Sueldo Anual Complementario (SAC), más conocido como aguinaldo, es un ingreso adicional que corresponde al 13° sueldo del año para todos los trabajadores en relación de dependencia, tanto del sector público como privado. También es un derecho para jubilados y pensionados. A diferencia de otros pagos salariales, el aguinaldo no requiere haber trabajado todo un semestre completo para ser percibido, ya que es un beneficio proporcional al tiempo trabajado. Es decir, cualquier trabajador que haya comenzado a trabajar en relación de dependencia tiene derecho a recibir este pago, incluso si no ha trabajado durante todo el semestre.
El cálculo del aguinaldo se realiza tomando en cuenta los meses trabajados durante el último año. Si el trabajador ha estado empleado por menos de un semestre, recibirá un aguinaldo proporcional a los meses trabajados. Este beneficio se divide en dos cuotas: la primera se abona el 30 de junio y la segunda, el 18 de diciembre. Cada cuota representa el 50% de la mayor remuneración mensual percibida por el trabajador en cada semestre correspondiente. Es decir, el monto que se paga corresponde a la mitad del salario más alto que el trabajador haya recibido en los primeros seis meses del año o en los últimos seis meses del mismo.
De acuerdo con la Ley de Contrato de Trabajo, el aguinaldo es un derecho que no depende de la duración total del vínculo laboral dentro del año. Esto garantiza que todos los trabajadores, sin importar su tiempo de servicio, reciban este ingreso extra de forma justa y proporcional. Por lo tanto, las fechas clave de pago, el 30 de junio y el 18 de diciembre, son fundamentales para todos los trabajadores que esperan este suplemento salarial, el cual les permite contar con un ingreso adicional en momentos claves del año.