El Tribunal Oral Federal 7 (TOF 7) desestimó el pedido de reparación integral presentado por cerca de 50 empresarios y exfuncionarios que buscaban evitar su participación en el juicio oral por el caso de los Cuadernos de la Corrupción, en el que se investiga el presunto cobro sistemático de sobornos durante los gobiernos de Néstor y Cristina Kirchner. La decisión se anunció tras una audiencia realizada la semana pasada, en la que se fijaron las pautas de organización del debate que comenzará el próximo 6 de noviembre, y que incluye a 147 imputados con embargos por más de 1.100 millones de dólares. El principal eje del juicio será la acusación contra Cristina Fernández de Kirchner, señalada como presunta jefa de una asociación ilícita.
Los jueces Enrique Méndez Signori, Fernando Canero y Germán Castelli resolvieron por unanimidad que no corresponde aceptar la propuesta de compensación económica que los acusados ofrecieron para extinguir la acción penal. El planteo, que ascendía a los 15 millones de dólares en total, había sido rechazado previamente por la fiscal general Fabiana León, quien sostuvo que “la corrupción se juzga, no se negocia”. Según argumentó en su dictamen, la reparación integral prevista en el Código Penal no aplica en casos de “gran corrupción”, como el que se investiga en esta causa. Los magistrados coincidieron con esta postura, remarcando que la ley otorga al Ministerio Público Fiscal el rol fundamental en la determinación de la viabilidad de este tipo de acuerdos. “Entiendo que es la Fiscalía el órgano habilitado para desistir de la persecución”, sostuvo el juez Méndez Signori en su voto.
El fallo, de 198 páginas, destaca que la fiscal León fundamentó adecuadamente su negativa, recordando que los delitos atribuidos involucran bienes jurídicos colectivos como la probidad y la transparencia, de carácter “supraindividual”, lo que excluye la posibilidad de una reparación económica como forma de extinguir la acción penal. “El daño causado a través de la maniobra de corrupción investigada en el caso Cuadernos no resulta medible patrimonialmente ni susceptible de transacción con una víctima”, señaló la fiscal en su dictamen. Además, remarcó que los embargos ya realizados tienen fines cautelares y no constituyen una cuantificación del perjuicio ni una reparación adecuada ante la gravedad de los hechos.
El Tribunal también rechazó los planteos de nulidad del dictamen fiscal, solicitados por algunas defensas, y sostuvo que no corresponde “extinguir selectivamente la acción por reparación integral para los empresarios, mientras se mantiene vigente para los funcionarios”. En este sentido, subrayó que los hechos imputados sólo pudieron concretarse mediante la participación conjunta de ambos, lo que vuelve inadmisible una resolución diferenciada. El TOF 7 agregó que la gravedad de los delitos, que han sido calificados como “el mayor expediente de corrupción” de las últimas décadas, exige como única respuesta el juicio público, con el objetivo de obtener verdad, sanción e inhabilitación.
La causa madre del expediente abarca 540 hechos investigados, vinculados a 26 calificaciones jurídicas distintas según el rol de cada acusado, e incluye ramificaciones que analizaron coimas en la obra pública, importaciones, peajes, subsidios al transporte y operaciones de lavado de activos. En el centro del esquema, según sostiene la Justicia federal, se encontraba el Ministerio de Planificación Federal, desde donde se direccionaban contratos y concesiones a cambio de pagos ilegales por parte de empresarios contratistas. El juicio oral que comenzará el 6 de noviembre será el escenario en el que se pondrá en juego la veracidad de estas acusaciones, con Cristina Kirchner como principal imputada por asociación ilícita y administración fraudulenta.