La Cámara Federal porteña dio un giro sustancial este jueves en una causa residual vinculada al Pacto con Irán, al revocar el sobreseimiento del ex titular de Interpol Ronald Noble. El expediente analiza si el ex funcionario internacional habría colaborado con el gobierno de Cristina Fernández de Kirchner para sostener que las alertas rojas contra los ciudadanos iraníes acusados como autores intelectuales del atentado a la AMIA no se verían afectadas por el Memorándum de Entendimiento firmado en 2013. La decisión, adoptada por los jueces Eduardo Farah y Martín Irurzun de la sala II, responde al planteo del abogado de las querellas, Tomás Farini Duggan, en representación de familiares de víctimas del atentado y de la DAIA. Con este fallo, Noble deja de estar sobreseído y tampoco podrá declarar como testigo en el juicio oral que debe analizar posibles maniobras de encubrimiento.
El cambio de escenario judicial impacta directamente en el futuro juicio que llevará adelante el Tribunal Oral Federal 8, ahora integrado por Andrés Basso, Rodrigo Giménez Uriburu y Javier Ríos, luego de que la Cámara de Casación removiera a su anterior composición tras haber sobreseído sin juicio a la ex presidenta. La figura de Noble era considerada un punto central por la defensa de Cristina Kirchner, debido a que sus declaraciones públicas y presunta correspondencia con la Cancillería habían sido utilizadas para argumentar que el Memorándum no comprometía la vigencia de las alertas rojas. Con la revocación de su sobreseimiento, esa vía queda cerrada y deberá investigarse su actuación. Las querellas habían apelado la decisión tomada en 2020 por el juez federal Marcelo Martínez De Giorgi, quien sostuvo entonces que “resulta claro que de las constancias incorporadas no se desprende que las personas mencionadas (…) hayan contribuido en la realización de la maniobra investigada”, y dispuso su sobreseimiento.
La Cámara Federal rechazó esa interpretación y ordenó reevaluar el rol del ex titular de Interpol, al considerar necesario “enfocar la atención en la actuación –para decirlo de algún modo– cambiante, de ciertos miembros de Interpol a lo largo de las negociaciones, la puesta en práctica del art. 7 del Memorándum de Entendimiento con Irán y después”, en referencia directa al tratamiento de las alertas rojas que pesaban sobre cinco ciudadanos iraníes. Los jueces subrayaron que deberá revisarse cómo se gestionó la participación de Noble, “merituando las intervenciones formales e informales que tuvo, incluso durante el trámite de esta apelación”, ya que en distintos momentos había manifestado la voluntad de declarar en favor de los imputados. En esa línea, el tribunal recordó que los acusados sostienen desde 2013 que el acuerdo con Irán no modificaba en absoluto la situación de las circulares rojas, algo que, según los camaristas, no se condice con la inclusión del controvertido artículo 7 ni con la notificación previa realizada por Interpol.
Uno de los puntos más delicados retomados por la Cámara es una carta difundida en enero de 2015 por el entonces canciller Héctor Timerman, atribuida a Noble, en la que se intentaba desacreditar la denuncia del fiscal Alberto Nisman. El tribunal citó documentación interna de la Cancillería que demostraría que “el contenido de ese texto, cuya autoría se atribuyó, fue preparado por áreas de la Cancillería Argentina”, por lo que la autenticidad de la carta queda ahora sujeta a investigación. Además, se destacó la declaración del ex vicecanciller Roberto García Moritán, quien afirmó haber escuchado en 2007 al propio Noble plantear la posibilidad de levantar las circulares rojas mediante un acuerdo político bilateral, mecanismo que luego se relacionó con el artículo 7 del Memorándum.
El tribunal repasó también elementos recogidos en otras instancias del caso AMIA, donde quedó demostrado que Interpol podía “dar de baja alertas rojas o negarse a activarlas, sin perjuicio de la opinión (…) del magistrado a cargo”, reforzando la postura de las querellas sobre la relevancia de la intervención de Noble. Además, recordó que este nunca informó a la justicia argentina sobre sus supuestos aportes a la negociación del Memorándum, pese a que aparecían mencionados en la carta atribuida a él. Otro elemento señalado por la Cámara es la inclusión unilateral, por parte de Interpol, de un “banner” en las notificaciones rojas contra los iraníes tras la firma del Pacto con Irán, señalando la existencia del acuerdo. Esa advertencia —invisible para el público pero sí para las autoridades judiciales— permanece vigente, dado que Irán se niega a su eliminación.
Finalmente, el fallo subrayó que la oficina de Interpol Buenos Aires fue “mantenida al margen” de toda comunicación vinculada a la inclusión de ese banner, pese a su competencia directa en la causa AMIA, mientras que representantes del Poder Ejecutivo sí participaron en reuniones con Interpol. Con estos elementos, la Cámara determinó que el rol de Ronald Noble debe ser revisado a fondo, reabriendo una discusión clave sobre el alcance del Memorándum con Irán y su impacto real en las órdenes de captura internacionales de los acusados por el atentado de 1994.