El Gobierno Nacional desregula el transporte automotor de pasajeros: nuevas medidas de registro y operación

Este martes, el Gobierno Nacional reglamentó la desregulación del transporte automotor de pasajeros a través de la Resolución Nº 57/2024, publicada en el Boletín Oficial. Con esta medida, cualquier vehículo que cuente con un seguro de transporte, conductor con licencia profesional y VTV (Verificación Técnica Vehicular) podrá operar en el sector. La normativa fue impulsada por la Secretaría de Transporte del Ministerio de Economía y el Ministerio de Desregulación y Transformación del Estado, y contempla tanto los servicios de transporte de larga y media distancia como la oferta libre de servicios, tal como lo establecen los decretos 883/2024 y 830/2024.

El objetivo de estas modificaciones es modernizar un sistema que, según las autoridades, lleva más de 30 años en vigor y ha sido caracterizado por permisos rígidos y una burocracia excesiva. El nuevo régimen busca facilitar el acceso al sector mediante un sistema más simple, declarativo, gratuito y digital, que mantenga los estándares técnicos y de seguridad vigentes. En este sentido, Federico Sturzenegger, ministro de Desregulación y Transformación del Estado, expresó en X: “A quienes tengan vehículos grandes o pequeños (con seguro y revisión vehicular aprobada), los invitamos a convertirse en proveedores de transporte de pasajeros”. Además, destacó que el Decreto 883/24 había liberado el tránsito interjurisdiccional y las conexiones aeroportuarias, permitiendo total libertad para operar, elegir vehículos, horarios y recorridos.

El proceso de registro para los transportistas será completamente digital y gratuito. A partir del 11 de diciembre, los interesados deberán registrarse en la plataforma web Trámites a Distancia (TAD), proporcionando información actualizada sobre los servicios que planean ofrecer. La medida tiene carácter de Declaración Jurada (DDJJ) y tiene como objetivo unificar todos los registros bajo un único sistema, el Registro Nacional de Transporte Automotor de Pasajeros (RNTAP), para agilizar trámites y ofrecer mayor transparencia. Los transportistas deberán completar varios formularios, incluyendo los de nómina de parque móvil y de conductores, y también deberán presentar detalles de la propiedad de los vehículos y las pólizas de seguro.

Una vez registrados, los transportistas recibirán un Certificado de Alta dentro de un plazo de cinco días hábiles y podrán comenzar a operar. Los que ya estén prestando servicios tendrán un plazo de hasta 60 días para actualizar sus datos y adaptar sus operaciones a la nueva normativa. Además, la nueva regulación permitirá a los transportistas establecer libremente los recorridos, itinerarios, horarios y precios, lo que se espera que incremente la oferta y la competencia en el sector, beneficiando tanto a pasajeros como a las empresas y transportistas. “Antes de la desregulación, una modificación en recorridos, paradas o frecuencias tardaba entre seis meses a un año como mínimo”, indicó el Gobierno. Ahora, con esta nueva medida, se acortará considerablemente el tiempo burocrático, permitiendo a los transportistas realizar cambios en sus itinerarios con solo 15 días de antelación.

La Secretaría de Transporte, sin embargo, destacó que las exigencias de seguridad no serán modificadas. Los transportistas deberán cumplir con las normativas vigentes en materia de tránsito, seguridad vial y accesibilidad para cada tipo de vehículo. Además, los vehículos deberán pasar por la revisión técnica vehicular correspondiente para garantizar su estado.